domingo, 12 de julio de 2026

MAPA DE EUROPA DEL SIGLO XVIII






Observa el mapa y contesta a las preguntas:

  1. ¿Qué espacio geográfico aparece representado en el mapa?
  2. ¿Qué imperios se daban en Europa en el siglo XVIII?
  3. Enumera los Estados que aparecen representados.
  4. ¿En qué estados se daba la monarquía absoluta?
  5. ¿Qué Estados tienen una monarquía parlamentaria? ¿Cuáles una república?
  6. ¿Por dónde se extendía por aquel entonces el Imperio alemán?

viernes, 10 de julio de 2026

EL ANTIGUO RÉGIMEN EN EL SIGLO XVIII

ANTIGUO RÉGIMEN. Termino con el que los revolucionarios franceses llamaban a la sociedad existente antes de la Revolución de 1789. En la actualidad los historiadores utilizan esta denominación para definir el conjunto de instituciones políticas y sociales que caracterizaron a los países europeos antes del triunfo de la Revolución industrial y el liberalismo. Sus principales rasgos eran: absolutismo político, la existencia de estamentos sociales privilegiados (nobleza y clero) y el predominio de la agricultura como base de la economía y de la vida rural frente a la urbana.












ACTIVIDADES:

“El orden eclesiástico no compone sino un solo cuerpo. En cambio, la sociedad está dividida en tres órdenes. Aparte del ya citado, la ley reconoce otras dos condiciones: el noble y el siervo, que no se rigen por la misma ley. 
Los nobles son los guerreros, los protectores de las iglesias. Defienden a todo el pueblo, a los grandes lo mismo que a los pequeños y al mismo tiempo se protegen a ellos mismos. La otra clase es la de los siervos. Esta raza de desgraciados no posee nada sin sufrimiento. Provisiones y vestidos son suministrados a todos por ellos, pues los hombres libres no pueden valerse sin ellos. Así pues, la ciudad de Dios, que es tenida como una, en realidad es triple. Unos rezan, otros luchan y otros trabajan. Los tres órdenes viven juntos y no sufrirían una separación. Los servicios de cada uno de estos ordenes permiten los trabajos de los otros dos. Y cada uno a su vez presta apoyo a los demás. Mientras esta ley ha estado en vigor el mundo ha estado en paz”. 

Del monje Adalberón en su obra Carmen ad Robertum regem francorum, año 998. 

COMENTARIO DE TEXTO


COMENTARIO CARÍCATURA SOCIEDAD ESTAMENTAL






 




jueves, 9 de julio de 2026

LA MONARQUÍA ABSOLUTA

 

Biografía de Luis XIV

Biografía de Luis XIV

ABSOLUTISMO. Forma de gobierno en que el poder no está limitado por una ley constitucional, especialmente en las monarquías europeas de los siglos XVII Y XVIII. Tuvo su origen en la consolidación de los Estados nacionales europeos frente al Imperio y a Papado a principios de la Edad Moderna. El modelo más acabado de monarquía absoluta fue el de Francia bajo Luis XIV (1638-1715), donde se enunció la doctrina del derecho divino del monarca y desde donde se extendió al resto de Europa, dando lugar a una estructura política conocida como Antiguo Régimen. En la segunda mitad del siglo XVIII, el absolutismo tomo el nombre de despotismo ilustrado para significar el empeño del monarca en el progreso de su país mediante la aplicación de algunas tesis defendidas por los filósofos de la Ilustración.

LA EUROPA DE LUIS XIV

ACTIVIDADES

TEXTOS_ABSOLUTISMO 

“Dios estableció a los reyes como sus ministros y reina a través de ellos sobre los pueblos (...) 
Los príncipes actúan como los ministros de Dios y sus lugartenientes en la tierra. Por medio de ellos Dios ejercita su imperio. Por ello el trono real no es el trono de un hombre sino el de Dios mismo. 
Se desprende de todo ello que la persona del rey es sagrada y que atentar contra ella es un sacrilegio.” 

Bossuet. La política según las Sagradas Escrituras. Libro III. 

"Es sólo en mi persona donde reside el poder soberano, cuyo carácter propio es el espíritu de consejo, de justicia y de razón; es a mí a quien deben mis cortesanos su existencia y su autoridad; la plenitud de su autoridad que ellos no ejercen más que en mi nombre reside siempre en mí y no puede volverse nunca contra mí; sólo a mí pertenece el poder legislativo sin dependencia y sin división; es por mi autoridad que los oficiales de mi Corte proceden no a la formación, sino al registro, a la publicación y a la ejecución de la ley; el orden público emana de mí, y los derechos y los intereses de la Nación, de los que se suele hacer un cuerpo separado del Monarca, están unidos necesariamente al mío y no descansan más que en mis manos." 

Discurso de Luis XV al Parlamento de París el 3 de marzo de 1766.

 COMENTARIO DE TEXTO doc.




miércoles, 8 de julio de 2026

EL SIGLO XVIII. EL COMERCIO TRIÁNGULAR





PREGUNTAS DEL VÍDEO:

1. ¿Quiénes amplían su dominio y conocimiento de la superficie terrestre en el siglo XVIII?
2. ¿Cuál es su objetivo?
3. ¿Qué territorios forman el Imperio español? ¿Cuál era el objetivo en este siglo?
4. ¿Qué territorios forman parte del Imperio de Portugal?
5. ¿Qué territorios controla Inglaterra?
6. ¿Qué territorios domina Francia?
7. ¿Que territorios controla Holanda?
8. ¿Qué tres formaciones políticas tradicionales se mantienen? 




(El Mundo)


(Nueva Tribuna.es)


martes, 7 de julio de 2026

REVOLUCIÓN INGLESA SIGLO XVII



OLIVER CROMWELL (1599-1658). Era un propietario agrícola de la pequeña nobleza rural. Hacia la década de 1630 se convirtió en un ferviente puritano (protestante en Inglaterra). Partidario de reformas religiosas y políticas, fue elegido miembro de la Cámara de los Comunes y se situó del lado de los partidarios frente al monarca Carlos I Estuardo. Comandó el ejército parlamentario y dio formación militar a muchos campesinos. Tras la ejecución de Carlos I fue nombrado Lord Protector de la nueva República y ejerció el poder de forma autoritaria hasta su muerte.


“Los Lores y los Comunes, reunidos en un cuerpo que representa a la nación, declaran: 

 1.- Que el pretendido poder de suspender la ejecución de las leyes por la autoridad real, sin el consentimiento del Parlamento, es contrario a las leyes (...)  

4.- Que todo dinero para uso de la Corona, bajo pretexto de la prerrogativa real, sin que haya sido concedido por el Parlamento, es contrario a las leyes.  

5.- Que es un derecho de los súbditos presentar quejas al rey y que toda prisión o persecución por esta causa es contraria a las leyes (...)  

8.- Que las elecciones de los diputados al Parlamento deben ser libres (...)  

9.- Que la libertad de expresión en los debates o procedimientos del Parlamento no puede ser cuestionada por ningún tribunal ajeno al Parlamento (...) 

10.- Que, para encontrar un remedio a todos los problemas, corregir, fortificar y mantener las leyes, es necesario reunir frecuentemente el Parlamento”.  

Ley de derechos, aprobada por el Parlamento inglés en 1689 









lunes, 1 de junio de 2026

ACTIVIDADES SOBRE LA DESCOLONIZACIÓN

Líderes de la Conferencia de Bandung (1955). 
De derecha a izquierda: 
Tito (Yugoslavia); Sukarno (Indonesia); 
Nasser (Egipto); 
Nkrumah (Ghana); Nehru (La India)

Conferencia de Bandung (1955). Declaración de problemas de los pueblos dependientes 

 

La Conferencia Afroasiática, después de haber discutido los problemas de los pueblos dependientes y del colonialismo y los males que de ellos se derivan, se ha encontrado de acuerdo:  

1. En declarar que el colonialismo, en todas sus manifestaciones, es un mal al que hay que poner fin rápidamente.  

2. En afirmar que la sujeción de los pueblos al yugo extranjero, la dominación y la explotación que constituyen la negación de los derechos fundamentales del hombre, están en contradicción con la Carta de las Naciones Unidas y son un obstáculo para el desarrollo de la paz y de la cooperación mundial.  

3. En declarar su apoyo a la causa de la libertad y de la independencia de todos los pueblos dependientes y, por último,  

4. El llamar a las potencias interesadas a fin de que concedan libertad e independencia a estos pueblos. 

ANÁLISIS IMAGEN Y TEXTO HISTÓRICO


Resolución 1514 de la Asamblea General de la ONU, 1960 (Extracto)

La Asamblea General declara que: 

1. La sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras constituye una negación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales.  

2. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural. 

5. En los territorios en fideicomiso y no autónomos y en todos los demás territorios que no han logrado aún su independencia deberá tomarse inmediatamente medidas para traspasar todos los poderes a los pueblos de esos territorios, sin condiciones ni reservas, en conformidad con su voluntad y sus deseos libremente expresados, y sin distinción de raza, credo ni color, para permitirles gozar de una libertad y una independencia absolutas.  

ANÁLISIS TEXTO HISTÓRICO